Denominación de Origen Controlada D.O.C. Luján de Cuyo Mendoza – Argentina
Luján de Cuyo - Mendoza, Argentina

El origen hace
la diferencia

¿Qué es la D.O.C.?

Desde 1990

Una Denominación de Origen Controlada (D.O.C.) es el nombre que identifica a los productos originarios de una región, cuyas cualidades particulares se deben al medio geográfico, que abarca tanto a los factores naturales como a los humanos que generan su producción. La D.O.C. Luján de Cuyo fue la primera de América.
El régimen de la D.O.C. Luján de Cuyo se asienta en la asociación libre y voluntaria de los viticultores y vinicultores de vinos finos de la región con el objetivo de aprovechar mutuamente las especiales características ecológicas y del encepado que distinguen el área geográfica Luján de Cuyo, lo que permite la obtención de productos de calidad perfectamente diferenciables de otros producidos en condiciones naturales diferentes.

Luján de Cuyo

Mendoza, Argentina

Distrito
AGRELO

Distrito
DRUMMOND

Distrito
LAS COMPUERTAS

Distrito
PERDRIEL

Distrito
VISTALBA

Otros
DISTRITOS

Vinos D.O.C.

Vinos D.O.C.

Vinos tintos de guarda de Luján de Cuyo que cumplen con las normas del reglamento D.O.C.

Guarda

Malbec D.O.C.

Lagarde

De Sangre

Malbec D.O.C.

Luigi Bosca
Patrimonial

Malbec D.O.C.

NIETO SENETINER

Norton

Malbec D.O.C.

Norton

Gritos

Malbec D.O.C.

Otero Ramos

Vinos de Selección Distrital

Vinos de Selección Distrital

Vinos tintos de guarda provenientes de un solo Distrito de Luján de Cuyo
y que cumplen con las normas del reglamento D.O.C.

Bressia

Malbec D.O.C. Agrelo

Bressia

Finca los Andes

Malbec D.O.C. Perdriel

Mendel

Primeras Viñas

Malbec D.O.C. Drummond

Lagarde

Los Nobles

Malbec D.O.C.

Luigi Bosca

Misión D.O.C.

Fortalecemos la unidad de los empresarios vitivinícolas y productores

Colaboramos con organismos oficiales y entidades de la vitivinicultura y el comercio del vino.

Impulsamos la sanción de una ley de Denominaciones de origen administrada por entidades privadas.

Certificamos D.O.C. Luján de Cuyo a los vinos que cumplen con las condiciones

Creamos instrumentos adecuados para la prestación de servicios

Estudiamos las variedades de viñedos más adecuados para la región.

Visión sustentable

Los viñedos y bodegas miembro D.O.C. trabajan con protocolos de sustentabilidad ambiental, social y económica de la vitivinicultura. Cuentan con altos estándares y certificaciones con alcance internacional y una visión sostenible en el manejo del suelo, del riego y fitosanitario del viñedo. El manejo y conservación del agroecosistema, uso eficiente de la energía, conservación y calidad de agua en bodega, gestión de materiales, gestión de residuos sólidos, compras con preferencia ambiental, recursos humanos, vecinos y comunidad y calidad del aire, son algunos tópicos que se trabajan y desarrollan constantemente dentro de Luján de Cuyo.

La historia de nuestra D.O.C.

1988
1989
1990
1991
1993
1999
2004
2021
2022
2023
BASES Y PAUTAS PARA D.O.C
CREACIÓN DEL CONSEJO D.O.C. LUJÁN DE CUYO
REGLAMENTO Y PERSONERÍA JURÍDICA
LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE LA VIÑA Y EL VINO RECONOCE A LA D.O.C LUJÁN DE CUYO
LA D.O.C. SE CONVIERTE EN LEY PROVINCIAL
LA D.O.C. SE CONVIERTE EN LEY NACIONAL
SE REGLAMENTA ESTA LEY NACIONAL
ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO, RENOVACIÓN DEL DIRECTORIO Y ANIVERSARIO DE LOS 30 AÑOS DE LA D.O.C.
TRABAJO POR COMISÓN. NUEVOS SOCIOS
CREACIÓN DE CATEGORÍA: VINOS DISTRITALES

Directorio

Roberto de la Mota

PRESIDENTE

MENDEL

Pablo Cúneo

Luigi Bosca

Walter Bressia

Bressia

Roberto González

Nieto Senetiner

David Bonomi

Norton

Sebastian Barboza

Lagarde

Alberto H. Arizu

Presidente honorario

Luigi Bosca

Testimonios

Contacto

Pilares de un vino D.O.C. Luján de Cuyo

§  Uvas de Luján de Cuyo (aprobadas por el consejo);

§  Producido y embotellado en origen;

§  Viñedo con una antigüedad mínima de 10 años, espaldero y una densidad superior a 5.000 plantas por hectárea;

§  Bajo rendimiento limitado por hectárea

§  Variedad Malbec (85% mínimo y 15% restante variedades autorizadas del reglamento);

§  Graduación alcohólica mínima: 13,5%;

§  Crianza: 18 meses entre la cosecha y salida al mercado, con 6 meses mínimo de crianza en madera;

§  Etiquetado regulado y oblea oficial numerada para garantizar trazabilidad;

§  Fiscalización permanente del Consejo y del INV para el cumplimiento del Reglamento a través de comisiones técnicas en viña, bodega y evaluación del producto;

§  Requisitos técnicos adicionales contemplados en el Reglamento del Consejo.

§  Para vinos DOC con distinción “Distrital” (áreas menores territoriales dentro de Luján de Cuyo) su crianza no podrá ser menor a los 24 meses y en vasijas de madera de roble por un período no inferior a los 12 meses.  Su producción admite un máximo de 70 qq o 50 hectólitros de mosto flor por hectárea por año. Su etiquetado debe indicar el Distrito en cuestión y colocada su oblea oro.